Se concede el derecho de uso sin exclusividad del Sello: “Alimentos Argentinos una Elección Natural” y su versión en idioma inglés “Argentine Food a Natural Choice”, a la empresa Igor Gregorio Baratoff, con domicilio constituido en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para los productos: “Mermelada de Arándano Libre de Gluten”, “Pulpa de Tomate Libre de Glúten”, “Pulpa de Arándano Libre de Glúten”, “Mermelada de Durazno Libre de Glúten”, “Mermelada de Pera Libre de Glúten”, “Mermelada de Frutilla Libre de Glúten”, “Mermelada de Naranja Libre de Glúten”, “Mermelada de Ciruela Libre de Glúten”, “Mermelada de Higo Libre de Glúten”, “Mermelada de Damasco Libre de Glúten”, todos ellos para la marca: “Nuestras Manos”.


 

SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA

Resolución Nº 18/2018

Ciudad de Buenos Aires, 26 de Abril de 2018.

VISTO el Expediente N° EX-2017-20696554- -APN-DDYME#MA del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la Ley N° 26.967, la Resolución N° 392 de fecha 19 de mayo de 2005 y la Resolución N° 203 de fecha 5 de mayo de 2006 ambas de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 26.967, se creó el Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL”, y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, en el ámbito de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

Que en virtud de la mencionada ley, se concede al solicitante el derecho de uso sin exclusividad del sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE” por el plazo de DOS (2) años contados desde la fecha de publicación de cada acto administrativo, exclusivamente para diferenciar aquellos productos que en cada caso se establece.

Que la empresa IGOR GREGORIO BARATOFF (C.U.I.T. N° 20-23101695-4), Registro Nacional de Establecimiento Alimenticio N° 13006665, ubicado en Las Azucenas N° 822, barrio Decavial, de la ciudad de Godoy Cruz, de la Provincia de MENDOZA, con domicilio constituido en la avenida Riestra N° 1.751, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, ha solicitado el derecho de uso sin exclusividad del Sello: “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, para distinguir los productos: “Mermelada de Arándano Libre de Glúten”, “Pulpa de Tomate Libre de Glúten”, “Pulpa de Arándano Libre de Glúten”, “Mermelada de Durazno Libre de Glúten”, “Mermelada de Pera Libre de Glúten”, “Mermelada de Frutilla Libre de Glúten”, “Mermelada de Naranja Libre de Glúten”, “Mermelada de Ciruela Libre de Glúten”, “Mermelada de Higo Libre de Glúten”, “Mermelada de Damasco Libre de Glúten”, todos ellos para la marca: “NUESTRAS MANOS”.

Que el peticionante ha cumplido con todos los recaudos y condiciones generales y particulares requeridos por la citada Ley N° 26.967 y la Resolución Nº 392 de fecha 19 de mayo de 2005, para la obtención del Sello: “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, como así también ha acreditado el cumplimiento del Protocolo de Calidad Premium para Confituras y afines, aprobado por la Resolución N° 203 de fecha 5 de mayo de 2006 de la citada ex- Secretaría.

Que debido a las directivas impartidas por el Gobierno Nacional en materia de contención del gasto público, la presente medida no implicará costo fiscal alguno.

Que la ex- Dirección de Agroalimentos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, elaboró el informe correspondiente, entendiendo que se encuentran cumplidos los requisitos técnicos para la cesión del Sello: “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, ha tomado la intervención de su competencia.

Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia de acuerdo a las facultades conferidas por el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios.