La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) resolvió finalmente el destino de los despachos aduaneros que durante 10 años permanecen en manos de los “depositarios fieles”, de acuerdo con la resolución general 2721/09, dictada por Ricardo Echegaray.


 

Hace 10 años, la Aduana/AFIP estableció la figura del depositario fiel, es decir, el despachante de aduana pasaba a resguardar y archivar toda la documentación de una operación de exportación e importación.

Los despachantes podían optar por conservar la documentación (SETI, si contaban con hasta 5000 declaraciones por año; SWEB, con más de 5000 despachos anuales) o por tercerizar el servicio.

LOS PSAD

La figura elegida en este último caso es el prestador de servicio de archivo y digitalización (PSAD), que además de conservar físicamente los despachos, digitalizaba los mismos para su mejor control y acceso por parte de la Aduana u otro organismo requirente, como la justicia.

El plazo original planteaba la guarda de la documentación administrativa y fiscal por 5 años, y de la aduanera por 10 años. Precisamente, el plazo de esta última venció en julio pasado, y desde el sector –despachantes de aduana y PSAD– venían reclamando precisiones sobre el destino de esta documentación que, por definición, pertenece a la Aduana pero que es conservada por privados.

DESTRUCCIÓN CONTROLADA

En el Boletín Oficial de hoy, la titular de la AFIP Mercedes Marcó del Pont estableció por medio de la resolución general 4654/19 el destino final de los despachos en guarda: la destrucción, con control de la Aduana.

“La destrucción de la documentación que haya sido desafectada por el servicio aduanero se realizará en el domicilio del declarante (auto-archivista) o en el domicilio que se disponga cuando se trate de un Prestador de Servicios de Archivo y Digitalización (PSAD). Dicha destrucción se realizará bajo la responsabilidad del declarante, quién deberá aportar las constancias correspondientes”, destaca el artículo 5 de la resolución.